Nuevas invisibilizaciones estatales de un fenómeno conocido: gobernanza sin un enfoque diferencial en situaciones de emergencia
DOI:
https://doi.org/10.18046/prec.v18.4569Palabras clave:
COVID-19, Gobernanza de las migraciones, Invisibilización, Población migrante, Población solicitante de refugioResumen
Esta investigación analiza la gobernanza y administración del Gobierno distrital y nacional colombiano, frente a la crisis migratoria y de refugiados, en el marco del COVID-19. Partiendo del trabajo clínico y las disposiciones normativas, desde el concepto de invisibilización, al igual que la gobernanza de las migraciones con enfoque diferencial, se evaluó la capacidad de gestión de soluciones del Gobierno distrital y nacional frente al COVID-19, relacionada con población en necesidad de protección internacional. Así, ante respuestas tardías e ineficientes, se evidenció una ausencia de enfoque diferencial que perpetúa la invisibilización de la crisis migratoria y de refugiados en pandemia.
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Referencias
Alcaldía Mayor de Bogotá. (30 de abril de 2020). Decreto 123. Por el cual se adoptan medidas complementarias para mitigar el impacto económico y social derivado del aislamiento preventivo obligatorio en Bogotá D.C., con ocasión del estado de emergencia sanitaria y calamidad pública generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19.
Alcaldía Mayor de Bogotá. (30 de junio de 2020). Decreto 162. Por medio del cual se imparten lineamientos para dar continuidad a la ejecución de la medida de aislamiento obligatorio en Bogotá D.C. y se toman otras determinaciones.
Barbero, I. (2012). ¿Puede la gobernanza de las migraciones ser social? (Can the Governance of Migrations Be Social?) Oñati Socio-Legal Series, 2(4), 175–195.
Colombia: un país ciego al refugio. Radiografía de los refugiados. (s. f.). El Colombiano. https://www.elcolombiano.com/especiales/especial-refugiados/ser-refugiado
COVID-19 en Colombia: conozca cómo está el pico y cédula en su ciudad. (16 de abril de 2020). Semana. https://www.elespectador.com/coronavirus/covid-19-en-colombia-conozca-como-esta-el-pico-y-cedula-en-su-ciudad-articulo-915029/
Figueroa, I., y Franco, N. (2019). El marco jurídico del enfoque diferencial en políticas públicas para mujeres indígenas en Colombia. Estudios Políticos, 57, 71-90.
Gestión del riesgo. (2018). Ruta de atención de venezolanos en Colombia. http://portal.gestiondelriesgo.gov.co/RAMV/SiteAssets/SitePages/Documentos/Ruta%20de%20atencio%CC%81n%20para%20migrantes%20venezolanos%20en%20Colombia%20-%20Final.pdf
Hernández, C. (2020). Los desalojos muestran la cara más cruda de la pobreza en cuarentena. La Silla Vacía. https://lasillavacia.com/silla-cachaca/los-desalojos-muestran-cara-mas-cruda-pobreza-cuarentena-76086
Honneth, A. (2011). La sociedad del desprecio. Trotta.
Liga Contra el Silencio. (12 de noviembre de 2020). Migración Colombia marginó a los extranjeros durante la cuarentena. Colombia Check. https://colombiacheck.com/investigaciones/migracion-colombia-margino-los-extranjeros-durante-la-cuarentena
Mármora, L. (2010). MODELOS DE GOBERNABILIDAD MIGRATORIA. La perspectiva política en América del Sur. REMHU - Revista Interdisciplinar da Mobilidade Humana, 18(35), 71-92.
Más de 1 millón 825 mil venezolanos estarían radicados en Colombia. (3 de abril de 2020). Noticias Migración Colombia. https://www.migracioncolombia.gov.co/noticias/mas-de-1-millon-825-mil-venezolanos-estarian-radicados-en-colombia
Migración Colombia. (s. f.). Salvoconductos. https://www.migracioncolombia.gov.co/salvoconductos
Ministerio del Interior. (2015). El enfoque diferencial y étnico en la política de víctimas del conflicto armado. https://gapv.mininterior.gov.co/sites/default/files/cartilla_enfoque_diferencial_fin_1.pdf
Ministerio de Justicia y Derecho. (28 de marzo de 2020). Decreto 491. Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas y se toman medidas para la protección laboral y de los contratistas de prestación de servicios de las entidades públicas, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
Ministerio de Salud y Protección Social. (12 de marzo de 2020). Resolución 385. Por la cual se declara la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y se adoptan medidas para hacer frente al virus.
Ministerio de Salud y Protección Social. (26 de mayo de 2020). Resolución 844. Por la cual se prorroga la emergencia sanitaria por el nuevo Coronavirus que causa la COVID - 19, se modifica la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, modificada por las Resoluciones 407 y 450 de 2020 y se dictan otras disposiciones.
Naranjo Navarro, J. (2020). Colombia honra sus compromisos internacionales en lo que concierne al refugio. https://migravenezuela.com/web/articulo/colombia-honra-sus-compromisos-internacionales-en-lo-que-concierne-al-refugio/1981
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. (2018). Violaciones de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela: una espiral descendente que no parece tener fin. https://www.ohchr.org/Documents/Countries/VE/VenezuelaReport2018_SP.pdf
Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas. (s. f.). ¿Qué es el enfoque diferencial? https://www.hchr.org.co/index.php/76-boletin/recursos/2470-ique-es-el-enfoque-diferencia
Solórzano, J. (2020). Refugiados en Colombia: sinónimo de desprotección. Nova et vetera. https://www.urosario.edu.co/Periodico-NovaEtVetera/Justicia/Refugiados-en-Colombia-sinonimo-de-desproteccion/
Vera, L. (2018). ¿Cómo explicar la catástrofe económica venezolana? Revista Nueva Sociedad, 274 (marzo-abril), 83-96.
Zubía, M. (2007). Mujeres y Ciudadanas: artesanas invisibilizadas de derechos humanos. Publicaciones de la Universidad de Deusto. Instituto de Derechos Humanos.
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