La organización territorial del Estado en la Constitución de 1991. ¿Centralismo o autonomía?
DOI:
https://doi.org/10.18046/prec.v0.1379Palabras clave:
Entidades territoriales, Autonomía territorial, Constitución política, 1991, Descentralización,Resumen
Los argumentos políticos y sociales a menudo recurren a reivindicaciones morales basadas en derechos intrínsecamente valiosos. Hace ya muchísimo tiempo que se invocan los derechos relacionados con la propiedad. Pero existen también otrostipos de derechos que han sido considerados como ""innatos e inalienables", y la Declaración de Independencia de los Estados Unidos se refiere a "ciertos derechos inalienables", entre los cuales se cuentan "vida, libertad y la prosecución de lafelicidad". La Constitución de la India llega hasta mencionar el "derecho a los medios adecuados de vida". El "derecho a no sufrir hambre" ha sido invocado a menudo en discusiones recientes sobre la obligación de ayuda a los hambrientos.El derecho a poseer, usar y legar la propiedad que se haya adquirido legalmente es considerado a menudo como valioso intrínsecamente. De hecho, sin embargo, muchas de las defensas que de él se hacen parecen ser realmente de tipo instrumental; searguye, por ejemplo, que los derechos de propiedad hacen que la gente sea más libre para elegir una clase de vida más bien que otra.Descargas
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