Resolución SG 340 La Resolución S.G. Nº 340 aprueba el «Plan Nacional de Salud Sexual y Reproductiva 2014-2018». El Plan Nacional es el instrumento rector de procesos nacionales en cuyo marco se integran los esfuerzos del sector salud y otros sectores afines, orientando los programas y proyectos para el logro del objetivo estrategico de «mejorar […]
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Ley 1160 Establece que el aborto no es penalizado en los casos que estén en peligro la vida o la salud de la madre, artículo 352. En los artículos 349 a 353, se explica los casos en que el aborto es punible y las penas a aplicar.
El Instituto Nacional de la Mujer, como entidad del Estado Panameño responsable de la rectoría de las Políticas Públicas de Género, presenta el Plan de Acción de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres (2016-2019), cuyo contenido ha establecido las principales acciones estratégicas que demandan las mujeres como titulares de derechos; para reforzar los logros y […]
Ley 14 El artículo 144 del Código Penal establece que el aborto no será punible, en los casos que el aborto es realizado con el consentimiento de la mujer por un médico de un centro de salud del Estado, como consecuencia de violación, durante los 2 primeros meses de embarazo; por causas graves de salud […]
Decreto 43/2014 El Decreto instaura la Política de Estado para el fortalecimiento de la familia nicaragüense y la prevención de la violencia. Esta política tiene como línea de acción estimular la participación de los medios de comunicación en acciones que eliminen conductas estereotipadas que alienan, permiten, fomentan y toleran la violencia contra las mujeres, tomando […]
La Estrategia Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (ENSSR) es un instrumento normativo y orientador que permite reducir las brechas existente de atención en salud sexual y reproductiva, sobre todo en los grupos más excluidos socialmente, y pone a la disposición un abanico de opciones para mejorar el nivel y calidad de la vida sexual […]
Ley 641 Establece que el aborto está penalizado en todas las circunstancias. En los artículos 143 a 145 se describen las penas a cumplir para quien se realice y quien realice un aborto
Ley 603 Este texto deroga la figura del aborto terapéutico. En el artículo 165 se establecía «El aborto terapéutico será determinado científicamente, con la intervención de tres facultativos, por lo menos, y el consentimiento del cónyuge o pariente más cercano a la mujer, para los fines legales».
Este texto establece que se penaliza con 1 a 3 años de prisión a quien provoque el aborto de una mujer con su consentimiento y de 3 a 6 años si es en caso contrario. Si el aborto es provocado mediante un acto de violencia se sancionará con una pena de 6 a 8 años […]
Esta Política Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, considera a los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos. Implica obligaciones para el Estado hondureño dirigidas a respetar, proteger y cumplir tales derechos. Las dos primeras obligaciones, se objetivan en el papel del Estado y sus funcionarios, en no interferir, no discriminar y no ejercer coerción […]