Decreto 9-2016
La Ley de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas reconoce en los Considerando que «actualmente los hechos de violencia y las desapariciones de mujeres se han acrecentado y en ocasiones, previo a ser asesinadas, son mantenidas en cautiverio o tratadas en forma cruel, inhumana y degradante y no existe un mecanismo de coordinación que permita dar respuesta adecuada a las desapariciones de mujer». En este sentido, reconoce la necesidad de «la creación y funcionamiento de una Ley de Búsqueda Inmediata de Mujeres Desaparecidas, que garantice un plan operativo y acciones de búsqueda inmediata, cuyo objeto sea evitar que en un lapso corto de tiempo, puedan ser asesinadas, sufrir otro tipo de vejámenes o ser trasladadas fuera del territorio nacional».