Decreto 59/2012
La Ley define el marco jurídico e institucional para la prevención y el combate de la trata de personas y la atención de sus víctimas. El preámbulo de la normativa se refiere a la trata de seres humanos como siendo «una modalidad delictiva tanto nacional como transnacional que afecta especialmente a mujeres y niños», y la ley hondureña dispone que se aplica a todas las formas de trata de personas, entre las cuales el embarazo forzado y el matrimonio forzado. El artículo 3 de la ley garantiza la no discriminación de las víctimas del delito de trata de personas «por motivos de etnia, sexo, edad, idioma, religión, orientación sexual, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen, nacionalidad, posición económica o cualquier otra condición social o migratoria», protegiendo así los derechos de la víctima mujer o niña migrante.