Decreto 46 de 2013
Adopta la Guía para la Implementación de la decisión 545 de la comunidad andina titulada « Instrumento Andino de Migración Laboral». Dispone que «la legislación nacional, las decisiones comunitarias andinas y los convenios internacionales ratificados por Colombia, establecen que el Trabajador Migrante Andino tiene derecho a laborar en condiciones que respeten su dignidad, salud, seguridad y bienestar personal y familiar y a gozar como mínimo, de los siguientes derechos y garantías, incluye que en ningún caso se someterá al Trabajador Migrante Andino a «discriminación por razones de nacionalidad, raza, sexo, credo, condición social u orientación sexual». Este decreto protege así a las mujeres migrantes andinas que trabajan en Colombia, asegurando que ellas no sean discriminadas.