Establece que el aborto está penalizado en todas las circunstancias, artículo 317 (modificado por las Leyes 1.690 del 8 de abril de 1948 G.O. 6783; 224 del 26 de junio del 1984 y 46-99 del 20 de mayo del 1999). Se penaliza reclusión menor a quién facilite los medios, coopere o cause directamente aborto, la […]
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Ley 12 Se sustituye el porcentaje de 25% a 33% cuando se trate de nominaciones a cargos de diputados y para cargos municipales, exceptuando el cargo de síndico. Además se estipula que el porcentaje será colocado en la lista de elección en lugares alternos con relación a los cargos asignados a hombres. Toda propuesta que […]
Ley 13/2000 Obliga a los partidos a incluir una mujer en la boleta electoral para el puesto de síndico(a) o vicesíndico(a), (Art.1)
Ley 275 Se estipula que los partidos incluirán una proporción no menor a 25% en la nominación de candidatos a cargos congresionales y la junta electoral, cargos municipales, los partidos y agrupaciones políticas, (Art. 68
El presente Reglamento tiene por objeto definir los aspectos fundamentales para la implementación del Sistema de Pensiones, creado de acuerdo a la ley n°87. El artículo 109° reglamenta el régimen de convivencia a los efectos del cobro de las pensiones de sobrevivencia.
Ley 87 Crea el Sistema Dominicano de seguridad Social. El artículo 45 regula dos supuestos de pensión por vejez con requisitos idénticos para hombres y mujeres. De esta manera, es posible acceder a la pensión por vejez cuando se acredite haber cumplido 60 años y haber cotizado un mínimo de 360 meses o bien, Haber […]
Ley 28869 Para los consejos municipales se estipula que la posición de los candidatos en la lista, deberá estar conformada por no menos de un 30% de hombres o mujeres, no menos del veinte por ciento (20%) de ciudadanos o ciudadanas jóvenes menores de veintinueve (29) años de edad y un mínimo de quince por […]
Ley 28094 Se agrega en la Ley de partidos el año 2003, que debe aplicarse el 30% para candidaturas internas de partidos y para cargos de representación popular
Ley 27387 Se modifica el porcentaje de la cuotas para ambos niveles, con un incremento a 30% el año 2000, especificando que «las listas de candidatos al congreso en cada distrito electoral deben incluir un número no menor del 30% de mujeres o de varones. En las circunscripciones en que se inscriban listas con tres […]
El año 2005 se modifica la Constitución Política, agregando que se debe aplicar el 30% para las consejeras de los gobiernos regionales. «El consejo regional como órgano normativo y fiscalizador de los gobiernos regionales deberá considerar porcentajes mínimos para hacer para hacer accesible la representación de género, comunidades campesinas y nativas, y pueblos originarios en […]