Ley nacional 18246 Modifica la Ley Nacional Nº 16.871. Define y regula los efectos de la unión concubinaria. En el artículo 15 (sustituye el artículo 26 de la Ley Nacional Nº 16.713), establece beneficio para viudas y concubinas que no superen la suma de 15000 pesos uruguayos mensuales. El beneficio se prolonga (si tuvieran más […]
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Ley nacional 18065 Establece normas de regulación del trabajo doméstico. En el artículo 14° (Aplicabilidad del derecho del trabajo y seguridad social), se establece que serán aplicables a las y los trabajadores del servicio doméstico todas las normas del derecho del trabajo y de la seguridad social, con las especialidades que surgen de la presente […]
Ley nacional 16713 Crea el sistema previsional que se basa en el principio de Universalidad y comprende las actividades del Banco de Previsión social. En el artículo 67°, respecto de la jubilación común, se establece que desde el año 2003 para hombres y mujeres, la edad de jubilación serán 60 años.
Establece que el aborto está penalizado en todas las circunstancias, artículo 317 (modificado por las Leyes 1.690 del 8 de abril de 1948 G.O. 6783; 224 del 26 de junio del 1984 y 46-99 del 20 de mayo del 1999). Se penaliza reclusión menor a quién facilite los medios, coopere o cause directamente aborto, la […]
Ley 12 Se sustituye el porcentaje de 25% a 33% cuando se trate de nominaciones a cargos de diputados y para cargos municipales, exceptuando el cargo de síndico. Además se estipula que el porcentaje será colocado en la lista de elección en lugares alternos con relación a los cargos asignados a hombres. Toda propuesta que […]
Ley 13/2000 Obliga a los partidos a incluir una mujer en la boleta electoral para el puesto de síndico(a) o vicesíndico(a), (Art.1)
Ley 275 Se estipula que los partidos incluirán una proporción no menor a 25% en la nominación de candidatos a cargos congresionales y la junta electoral, cargos municipales, los partidos y agrupaciones políticas, (Art. 68
El presente Reglamento tiene por objeto definir los aspectos fundamentales para la implementación del Sistema de Pensiones, creado de acuerdo a la ley n°87. El artículo 109° reglamenta el régimen de convivencia a los efectos del cobro de las pensiones de sobrevivencia.
Ley 87 Crea el Sistema Dominicano de seguridad Social. El artículo 45 regula dos supuestos de pensión por vejez con requisitos idénticos para hombres y mujeres. De esta manera, es posible acceder a la pensión por vejez cuando se acredite haber cumplido 60 años y haber cotizado un mínimo de 360 meses o bien, Haber […]
Ley 28869 Para los consejos municipales se estipula que la posición de los candidatos en la lista, deberá estar conformada por no menos de un 30% de hombres o mujeres, no menos del veinte por ciento (20%) de ciudadanos o ciudadanas jóvenes menores de veintinueve (29) años de edad y un mínimo de quince por […]