Ley 1257 de 2008
Considera la violencia contra las mujeres una violación de sus derechos humanos, lo que tiene implicancias particulares en cuanto a las garantías específicas de judicialización, protección de las víctimas y las sanciones pertinentes.
Tipifica el delito de acoso sexual, el agravamiento de penas para crímenes de lesiones personales y homicidio por razón de ser mujer, así como creación de medidas fiscales para facilitar alternativas económicas para las víctimas de la violencia de género.