Ley de protección de los hondureños migrantes y sus familiares

Decreto 106/2013

Las políticas y programas de protección a los migrantes hondureños deben consistir en «invocar el cumplimiento de los Tratados, Convenios y Declaraciones Internacionales para la protección de la niñez, juventud y mujeres migrantes hondureños» y en «Luchar contra la explotación sexual de menores y mujeres hondureños migrantes y firmar Tratados, Convenios o Acuerdos con Gobierno e instituciones privadas que hagan efectiva la lucha contra estos delitos ».

Por otro lado, el artículo 19 de la ley se refiere a las mujeres migrantes hondureñas que retornan a su país. En este caso, el Estado hondureño velará particularmente para « evitar la discriminación de la mujer que retorne sin recursos propios para que pueda acceder a ayudas aunque ésta no acredite periodos de trabajo en el exterior ».

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