Decreto ley 278
Ofrece protección al trabajador y trabajadora ante la vejez, la invalidez total temporal o permanente, y en caso de muerte a su familia. Se protege especialmente a las mujeres, ya que pueden beneficiarse de la licencia de maternidad, pueden acreditar el tiempo de trabajo en otros sectores y se le aplican contribuciones especiales si arriban a los 50 años de edad, así como pueden jubilarse por la edad anterior establecida, de 55 años para las mujeres.