Ley de pensiones

Decreto 5370

A través del artículo 1°, se establece un programa excepcional y temporal, para que el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, identifique y registre en su nómina de asegurados a cincuenta mil (50.000) mujeres mayores de sesenta y cinco (65) años de edad, venezolanas que vivan en el territorio nacional o extranjeras con residencia ininterrumpida en el País por un lapso no menor de diez (10) años, y que se encuentren en alguno de los supuestos de hecho previstos en el presente Decreto.

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