|Nro. 38| Noviembre de 2003


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Consejo Nacional de Acreditación designa a profesor Icesi como par académico

La misión de los pares académicos consiste en verificar el cumplimiento de los estándares de calidad, definidos por el Decreto 792 del 8 de mayo de 2001 para obtener Registro Calificado de programas académicos en el área de Ingeniería.

¿Qué es la acreditación?

La acreditación es un testimonio que da el Estado sobre la calidad de un programa o institución, su organización y funcionamiento y el cumplimiento de su función social con base en un proceso previo de evaluación en el cual intervienen la institución, las comunidades académicas y el CNA.

¿Cuáles son los pasos de la Acreditación?

  • La autoevaluación: proceso en el que se examinaron las condiciones internas del desarrollo de la Universidad, así como la coherencia del programa frente a las necesidades del entorno. Esta autoevaluación tiene como punto de partida la definición que haga la institución de su naturaleza, su misión y su proyecto educativo.
  • La evaluación externa: fue una revisión hecha por los pares académicos externos, nombrados por el Consejo Nacional de Acreditación, a través de una visita a la institución, en octubre de 2002, para comprobar la objetividad y veracidad de la autoevaluación en cuanto a la calidad del programa, la organización, funcionamiento y cumplimiento de su función social.
  • El acto de acreditación: reconocimiento público del programa por parte del CNA y del Ministro de Educación Nacional.

¿Para qué sirve la Acreditación?

  • Propiciar el mejoramiento de la calidad de la Educación Superior.
  • Ser un mecanismo para que las instituciones de educación superior rindan cuentas ante la sociedad y el Estado sobre el servicio educativo que prestan.
  • Propiciar la idoneidad y la solidez de las instituciones que prestan el servicio público de Educación Superior.
  • Ser un incentivo para que las instituciones verifiquen el cumplimiento de su misión, sus propósitos y sus objetivos en el marco de la Constitución y la Ley, y de acuerdo con sus propios estatutos.
  • Propiciar el auto - examen permanente de instituciones y programas académicos en el contexto de una cultura de la evaluación.
  • Ser un instrumento mediante el cual el Estado da fe pública de la calidad de las instituciones y de los programas de educación superior.
  • Brindar información confiable a los usuarios del servicio educativo del nivel superior y alimentar el Sistema Nacional de Información creado por la Ley.
  • Ser un incentivo para los académicos, en la medida en que permita objetivar el sentido y la credibilidad de su trabajo y propiciar el reconocimiento de sus realizaciones.

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