ATPA – ATPDEA

Debido a la importancia del ATPA – ATPDEA, para los empresarios colombianos  el Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi – Icecomex en el día de hoy quiere informar a los empresarios acerca de la Ley de Promoción Comercial Andina y Erradicación  de Droga – ATPDEA así como los beneficios de la misma, sus orígenes y su estado actual. 

 ¿Qué es el ATPA?  

Es un régimen de excepción otorgado unilateralmente por los Estados Unidos a Perú, Bolivia, Ecuador y Colombia con el fin de apoyar la lucha contra el tráfico ilícito de drogas. 

El ATPA fue expedido el 4 de diciembre de 1991 por el presidente de los Estados Unidos, con el cual se ofrecía el ingreso, libre de aranceles, a alrededor de 5.600 productos, entre los cuales no se encontraban incluidos los textiles y confecciones  entre otros. 

Está ley tiene por objeto incentivar las exportaciones mediante el establecimiento de un mercado preferencial a través del cual se generen fuentes de trabajo alternas que apoyen la sustitución del cultivo de la hoja de coca y la reducción del narcotráfico. 

¿En que consiste el ATPDEA?  

El ATPA venció el 4 de diciembre de 2001 y  a partir de octubre de 2002  se renovó bajo el nombre de APTDEA. Con este nombre los productos que gozaban de los beneficios del ATPA gozan nuevamente de dicho trato preferencial y, adicionalmente, a partir de octubre de 2002 nuevos productos entran a beneficiarse de está Ley. 

¿Qué productos se benefician de está Ley?  

Para los 5.600 productos que se beneficiaban de la antigua Ley de preferencias Andinas,ATPA, las ventajas arancelarias comenzaron a operar casi de manera inmediata, pues la nueva Ley ATPDEA, estableció un efecto retroactivo al 4 de diciembre de 2001, fecha en que terminó la vigencia de la primera Ley. 

Este efecto retroactivo permitió que los exportadores que habían pagado aranceles por haber expirado el ATPA, pudieran obtener la devolución de este impuesto con sólo presentar ante la Aduana de los Estados Unidos los papeles requeridos para estos reembolsos. 

Con el ATPDEA se incluyeron 700  nuevos  productos entre los cuales se encuentran: 

  • Ingreso libre de aranceles a las prendas de vestir elaboradas con insumos regionales, hasta por un monto equivalente al 2%, en metros cuadrados, del total de prendas de vestir importadas por los EE.UU. del mundo, incrementándose cada año hasta llegar al 5% en el 2006 (en el 2001, las exportaciones de prendas de vestir de los cuatro países andinos beneficiarios representaron, en metros cuadrados, menos del 0.88%, lo que da la posibilidad al menos de duplicar las exportaciones de dichos productos en el primer año de vigencia del programa).
  • Ingreso libre de aranceles, sin limitación de cuota, a las prendas de vestir elaboradas con insumos de los EE.UU. (maquila).
  • Ingreso libre de aranceles, sin limitación de cuota, a las prendas de vestir elaboradas con pelos finos de alpaca, llama y vicuña.
  • Ingreso libre de aranceles, sin limitación de cuota, al atún envasado al vacío en empaques flexibles (“tuna pouches”, bolsas de aluminio por ejemplo). No recibe beneficios el atún en conserva.

Por otro lado, faculta al Presidente de los EE.UU. a determinar el ingreso libre de aranceles a los siguientes productos si determina que ellos no son sensibles para su industria nacional, en el contexto de las importaciones de ese país provenientes de los países beneficiarios. Luego de dicho análisis, los siguientes productos pueden ingresar al mercado estadounidense sin el pago de aranceles. 

  • Calzado.
  • Petróleo o algún producto derivado del petróleo.
  • Relojes y partes de relojes y
  • Carteras y maletines de mano, guantes de trabajo y confecciones de cuero.

¿Qué productos  no están incluidos dentro de la Ley? 

El tratamiento preferencial arancelario NO se extiende a los siguientes productos: 

  • Textiles (hilados y tejidos) y confecciones con excepción de las prendas de vestir (las prendas de vestir sí se benefician).
  • Ron y Tafia (aguardiente de caña).
  • Azúcar, concentrados líquidos y productos que contengan azúcar (ejemplo: almíbar, jarabes) excedidos de la cuota fijada.

El ATPDEA que expiraba el 29 de febrero de 2008 se prorrogó 10 meses  y eso servirá como puente mientras entra en vigencia el nuevo Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Estados Unidos, el cual ya fue aprobado por el Congreso de Colombia y, continúa su trámite ante el Congreso de los Estados Unidos. De esta manera, el ATPDEA tendrá vigencia hasta fines de diciembre de este año 2008. 

¿Cómo ha sido el comportamiento de la balanza bilateral entre Colombia y Estados Unidos desde que entró en vigencia el ATPDEA? 

Según cifras de Proexport, en  los últimos  tres años las exportaciones de Colombia a Estados Unidos han crecido en una tasa promedio anual del  20.25%, al pasar de 6.597 millones de dólares en el 2004, a 9.650 millones de dólares en el último año. Se debe tener en cuenta que dentro de estás cifras las exportaciones bajo ATPA – ATPDEA pasaron de 801 millones de dólares en el 2001  a 8.869,4 millones de dólares, según datos del ministerio de Comercio, Industria y Turismo. El petróleo se mantiene como el producto que más goza del beneficio, con ventas por 3.020,7 millones de dólares, durante noviembre de 2007. También se destacan las exportaciones de bienes como flores, confecciones, textiles, cuero y calzado. 

¿Qué beneficios trae la prórroga del ATPDEA? 

El objetivo de la prórroga es garantizar que los empresarios colombianos puedan seguir exportando un grupo importante de sus productos sin pagar arancel, hasta el momento en que entre en vigencia el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos. 

La extensión tan limitada del ATPDEA, preocupa, sin embargo, a los trabajadores y empresarios en Bolivia y Ecuador que no negociaron tratados de libre comercio (TLC) con Estados Unidos para darles permanencia a esos beneficios.  

 

Perú y Colombia, en cambio, dispondrán de más tiempo para implementar sus respectivos TLCs: por una parte, el acuerdo peruano ha sido ya aprobado por el Congreso y el colombiano tendría su correspondiente debate en cualquier momento de este año.

  

 

Esperamos que, a través del tema desarrollado en esta oportunidad, se logren aclarar diversas inquietudes al respecto. Para mayor información, escríbanos a icecomex@icesi.edu.co o le recomendamos consultar a un especialista en comercio exterior.  

 

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2 Responses to “ATPA – ATPDEA”

  1. luisa fernanda guzman Says:

    porfavor…quisiera saber si para exportar muebles de madera a estados unidos es necesario el certificado del medio ambiente!!!
    de antemano gracias por su pronta respuesta!

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  2. johana Says:

    Ola… quisiera saber cual es la situacion actual de colombia con el acuerdo del ATPA… muchas gracias

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