Régimen de las moratorias en las provincias argentinas de Salta (1825) y Tucumán (1861)
DOI:
https://doi.org/10.18046/prec.v12.2648Palabras clave:
Juicios de espera y quita, Comerciantes de buena y mala fe, Época independiente, Salta, Tucumán.Resumen
Entre los beneficios para los comerciantes, según las Ordenanzas del Consulado de Bilbao de 1737, estaban las esperas y las quitas, que no incluían a los fallidos fraudulentos. El deudor podía tratar extrajudicialmente con los acreedores y después presentarse al juez o pedirle al juez que reuniese a los acreedores y así tratar con ellos. En ambos casos la decisión de la mayoría podría obligar a la minoría. Este sistema fue discutido después de la independencia. El motivo fue proteger a los comerciantes honrados perjudicados por la guerra y otras desgracias, pero también evitar la mala fe. La provincia argentina de Salta (además de Buenos Aires y Tucumán) fue un ejemplo de esa discusión.
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Derechos de autor 2018 Abelardo Levaggi
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